Para su información, actualizamos la situación en relación con el Brexit:
El pasado 20 de diciembre el Parlamento Británico aprobó el proyecto de ley del acuerdo de retirada de la Unión Europea, a fin de que el Reino Unido pueda salir del bloque en la fecha prevista del 31 de enero. Si bien aún quedan trámites parlamentarios pendientes, todo parece indicar que se aprobará definitivamente.
Por su parte, el Parlamento Europeo votará el acuerdo de salida el próximo 29 de enero.
De acuerdo con lo anterior, el 1 de febrero Reino Unido se convertiría tercer país, si bien, en caso de que el acuerdo sea finalmente aprobado por ambas partes, resultaría de aplicación el periodo transitorio previsto en el mismo, hasta el 31 de diciembre de 2020. Durante este periodo transitorio el derecho de la UE sería aplicable a Reino Unido, salvo en lo relativo a la presencia en las instituciones y estructuras de gobernanza, de modo que se aplicaría en relación al mercado interior, unión aduanera y las políticas comunitarias.
No obstante, si en la fecha de salida no estuviese en vigor el acuerdo, el Reino Unido pasaría a tener la consideración de tercer país, sin ninguna preferencia específica.
Atentamente,
Martín Fernández
Adjunto-Secretario Técnico